Contrato |
En virtud de la autorización conferida por S. E., el infrascrito ministro de estado en el departamento del interior, en nombre del gobierno de la república, i Don Claudio Gay, profesor que fué de ciencias naturales del Colejio de Santiago, han convenido en celebrar el contrato a que dicha autorización se refiere, en los términos i bajo las condiciones siguientes:
"Art. 1º: Don Claudio Gay se obliga a hacer un viaje científico por todo el territorio de la república, en el término de tres años i medio, con el objeto de estudiar la historia natural de Chile, su jeografía, jeología, estadística i cuanto contribuya a dar a conocer las producciones naturales del país, su industria, comercio i administración, i a presentar al gobierno en el término de cuatro años, por medio de una comisión que inspeccione sus trabajos, un bosquejo de las obras siguientes: 1º La historia natural jeneral de la República de Chile, que contenga la descripción de casi todos los animales, vegetales i minerales, con sus nombres vulgares, utilidades i localidades, acompañada de una cantidad de láminas iluminadas proporcionada a los objetos que describa."Art. 2º. A medida que Don Claudio Gay vaya avanzando en sus investigaciones sobre los diversos ramos mencionados, remitirá sus resultados a la comisión, la cual los conservará en depósito, i dará parte inmediatamente al gobierno. "Art. 3º. Siendo uno de los objetos del gobierno al confiar esta importante comisión a don Claudio Gay, dar a conocer las riquezas del territorio de la República, para estimular la industria de sus habitantes i atraer la de los estranjeros, don Claudio Gay se obliga a publicar su obra tres años después de concluida su comisión. "Art. 4º. En seguridad del cumplimiento de los anteriores artículos, don Claudio Gay dejará en depósito su biblioteca i sus colecciones de historia natural i dibujos, en casa de don Francisco García Huidobro, pasando ántes al Gobierno un inventario circunstanciado de dichos efectos: todo lo cual será propiedad del Estado i pasará a la Biblioteca Nacional si, a juicio de la comisión, don Claudio Gay no va presentando resultados satisfactorios de sus trabajos después de seis meses contados desde la fecha de esta contrata para adelante. "Art. 5º. El Gobierno se obliga: 1º A dar a don Claudio Gay durante el espresado término de tres años i medio que durará su viaje, ciento veinticinco pesos mensuales por semestres adelantados."Art. 6º. Esta contrata pasará al Excmo. señor vicepresidente de la República para su aprobación, i para que conste i tenga el debido cumplimiento, el infrascrito ministro del interior i don Claudio Gay la firmaron en Santiago de Chile a catorce de Setiembre de mil ochocientos treinta años. |
![]() Diego Portales | ![]() Claudio Gay |